Restablecimiento por Razones Humanitarias


Precio:
Precio de venta$80.00

Descripción

¿Su pariente inmediato lo ha solicitado para venir a los Estados Unidos y luego falleció repentinamente y su I-130 ha sido denegado debido al fallecimiento de su pariente inmediato? La mejor opción para usted sería el Restablecimiento Humanitario, que le permite que se restablezca la I-130 para que no tenga que iniciar el proceso de inmigración desde el principio. Suponiendo que usted y el Patrocinador Sustituto experimentarían dificultades si su I-130 no se restablece, y las dificultades están documentadas, el Restablecimiento Humanitario tendrá la mayor probabilidad de aprobación. Incluye todas las cartas de presentación, formularios, anexos y pruebas de respaldo relevantes. Ha sido preparado por un abogado de inmigración experto. Por lo tanto, este libro le permitirá ver una guía de cómo se hace, se prepara y se presenta.


Si el Restablecimiento Humanitario es aprobado, entonces no perderá la fecha de prioridad y no tendrá que esperar muchos años más para obtener una fecha de visa actual de otra petición. Además, si el Restablecimiento Humanitario es aprobado, entonces los beneficiarios de la petición aprobada también podrán inmigrar a los Estados Unidos. Es la mejor manera de proceder si un peticionario ha fallecido.


La clave del Restablecimiento Humanitario es que el funcionario debe ser convencido de que realmente restablezca la petición I-130. Esto es mucho más que simplemente conseguir un patrocinador sustituto. Más bien, se trataría de preparar pruebas a través de argumentos legales de que el beneficiario merece que se apruebe el Restablecimiento Humanitario y que la petición debe seguir adelante para que el beneficiario pueda inmigrar junto con sus dependientes. Se tarda alrededor de un año en obtener la respuesta sobre el Restablecimiento Humanitario, por lo que debe ser paciente. No vaya a la entrevista pensando que el Oficial Consular no sabrá que el peticionario ha fallecido.


Se necesita tiempo para que la Oficina de Inmigración de EE. UU. adjudique la petición de Restablecimiento Humanitario, pero es mucho mejor que empezar de nuevo. Algunas personas piensan que todavía pueden ir a su entrevista y todo seguirá su curso, pero ese no es el caso. De hecho, una vez que el peticionario fallece, también lo hace la petición, a menos que se apruebe el Restablecimiento Humanitario.


La carta de presentación aquí fue preparada por un abogado de inmigración calificado y experto en los EE. UU. que ha estado ejerciendo la ley de inmigración durante casi 30 años. Es lo mejor después de que un abogado realice la Solicitud de Restablecimiento Humanitario sin tener que pagar a un abogado. Aproveche esta petición y muestre todo lo que pueda para tratar de obtener la aprobación. No se deje llevar por la falsa creencia de que es fácil obtener un Restablecimiento Humanitario. El oficial debe ser convencido.


Esta muestra en particular es una Solicitud de Restablecimiento Humanitario real que se presenta dentro de los EE. UU. con todos los diversos ejemplos y pruebas de respaldo. Asume que el beneficiario estaba fuera de los Estados Unidos cuando el peticionario falleció y todavía está fuera de los Estados Unidos. Por supuesto, asume que el peticionario ha fallecido. Tenga en cuenta que nuestra biblioteca incluye no solo esta solicitud de Restablecimiento Humanitario, sino también múltiples tipos de permisos de trabajo como la Petición de Visa de Ocupación Especializada H-1B, la Petición de Extranjero Extraordinario O-1, ejemplos de PERM, solicitudes I-140 y muchos más. Si disfruta de esta Petición de Restablecimiento F-1 y le facilita la vida, entonces regrese y pruebe las otras solicitudes y peticiones de inmigración.


De cualquier manera, ciertamente esperamos que esta petición le resulte útil y beneficiosa, y esperamos que tenga la mejor experiencia de inmigración posible. Tenemos peticiones sobre todas las áreas temáticas de inmigración, y también puede consultarlas si es necesario. Si necesita una consulta, puede llamar a nuestra oficina de Derecho de Inmigración de EE. UU. al 562-495-0554 para una consulta inicial gratuita para determinar qué se debe hacer para ayudarlo a usted y a su familia.



Autor: Brian D. Lerner
Editorial: Law Offices of Brian D. Lerner, Apc
Publicado: 28/04/2022
Páginas: 140
Tipo de encuadernación: Tapa blanda
Peso: 0.75lbs
Tamaño: 11.00h x 8.50w x 0.30d
ISBN13: 9781948774871
ISBN10: 1948774879
Categorías BISAC:
- Derecho | Emigración e Inmigración
- Derecho | Derecho Civil

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